Maíz de pequeños productores, todos los productores que tengan en posesión o renten una superficie de cultivo de temporal podrán entregar hasta 35 toneladas de maíz. Se puede aceptar una superficie total de hasta 5.49 hectáreas siendo esta la suma total de todas las superficies comprobadas. No se aceptan predios mayores a 5.49 hectáreas. Los requisitos son los siguientes:
Se necesita 1 juego de la documentación (y los documentos originales para cotejo).
Núm. | Parámetro de calidad | % mínimo | % máximo | "Deducción después de" | Comentarios |
1 | Peso específico | 750 | No aplica | No aplica | Peso/Hectólitro |
2 | Humedad | 10.00 | 14.00 | 13.50 | Ninguno |
3 | Impureza y material extraño | 0.00 | 2.00 | 1.00 | Ninguno |
4 | Granos quebrados | 0.00 | 2.00 | 1.00 | Ninguno |
5 | Otros colores | 0.00 | 2.00 | 1.00 | Ninguno |
6 | Sanidad | No aplica | No aplica | No aplica | Libre de plaga viva o muerta |
Núm. | Parámetro de calidad | % mínimo | % máximo | "Deducción después de" | Comentarios |
7 | Por hongo | 0.00 | 2.00 | No aplica | Ninguno |
8 | Por insectos | 0.00 | 2.00 | No aplica | Ninguno |
9 | Por roedores | 0.00 | 1.50 | No aplica | Ninguno |
10 | Por helada | 0.00 | 2.00 | No aplica | Ninguno |
11 | Manchados | 0.00 | 2.00 | No aplica | Ninguno |
12 | Podridos | 0.00 | 2.00 | No aplica | Ninguno |
13 | Germinados | 0.00 | 1.00 | No aplica | Ninguno |
14 | Inmaduros / chupados | 0.00 | 2.00 | No aplica | Ninguno |
15 | Calor y/o germen café | 0.00 | 2.00 | No aplica | Ninguno |
Sumatoria de los daños | 0.00 | 7.00 | 5.00 | Rechazo después del % máximo |
"Consideraciones para los Granos dañados:
• Se rechaza cuando alguno de los parámetros enumerados del 7 al 15 es mayor al porcentaje máximo.
• Se aplicará la deducción global, cuando la sumatoria de los daños comience a partir del 5% y menor o igual a 7%.
• Se considera rechazo cuando la sumatoria de los daños sea mayor al 7%.
• No se aplica deducciones individuales o por parámetros.
Del análisis organoléptico:
• El olor debe de ser característico a grano sano, caso contrario será motivo de rechazo.
• Se rechaza, cuando en la muestra representativa, se observen granos con evidencia de haber sido tratados para semilla de siembra o con aplicaciones de plaguicidas, fungicidas, insecticidas u otros productos químicos que se encuentren fuera de la normatividad sanitaria de “La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS)”.
NMX-FF-034/1-SCFI-2020 para maíz y NMX-FF-038-SCFI-2016 para frijol
En caso de que el beneficiario del programa tenga alguna duda, inconformidad o aclaración respecto al proceso de registro, acopio o proceso de pago, el primer contacto al que podrá dirigirse será al personal de la Unidad Operativa al cual está adscrito el Centro de Acopio en cuestión, se precisan las direcciones en las cuales podrá acudir para la presentación de su inconformidad o solicitud de aclaración.
Asimismo, para los productores de maíz, maíz nativo o criollo pigmentado y frijol, se ponen a su disposición las líneas de atención personalizada a través del correo electrónico operacioneseg@segalmex.gob.mx o a la línea telefónica: 55 5229 0700, ext. 65628 y 65839.
En caso de quejas y/o denuncias podrán realizarse por escrito, vía internet (https://sidec.funcionpublica.gob.mx), vía correo electrónico (atencionoic@sader.gob.mx) o vía telefónica al 01800 9061 900 (Área de Quejas del OIC en la Secretaría: Insurgentes Sur 489, P.H. 2, Hipódromo Condesa, Ciudad de México).
La contraloría social es el mecanismo mediante el cual las personas derechohabientes verifican, de manera organizada, independiente, voluntaria y honorífica, el cumplimiento de las metas y la correcta aplicación de los recursos públicos federales asignados a los programas federales de desarrollo social, en áreas como la educación, la salud, la alimentación, la vivienda, el trabajo, la seguridad social, el medio ambiente y la no discriminación, de conformidad con los artículos, 6, 69, 70 y 71 de la Ley General de Desarrollo Social; así como 67, 68, 69 y 70 de su reglamento.
Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y los entes que reciban, gestionen o utilicen, total o parcialmente, recursos públicos federales, observarán los Lineamientos y La Estrategia Marco vigentes emitidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, así como los documentos normativos de la Estrategia de Contraloría Social (Esquema, Guía Operativa y Programa Anual de Trabajo de Contraloría Social) validados por dicha dependencia. Para el caso de este Programa se debe consultar la Guía Operativa de Contraloría Social.
Los comités de contraloría social, para solicitar su registro, deberán presentar, a los jefes(as) de los centros de acopio del programa federal (Unidad Responsable), un escrito libre en el que se especifique, como mínimo, el nombre del programa, el ejercicio fiscal correspondiente, su representación y domicilio legal, así como los mecanismos e instrumentos que utilizarán para elejercicio de sus funciones.
La Unidad Responsable del programa federal a través de sus Instancias Ejecutoras, de no haber impedimento alguno, deberán capturar en el Sistema Informático de Contraloría Social, la información contenida en el acta constitutiva del comité y entregar a sus integrantes la constancia de registro que arroja el sistema, en un plazo no mayor de 15 días hábiles contados a partir de la solicitud de registro. Estas constancias serán el comprobante de su constitución. Asimismo, los servidores públicos de la Unidades Operativas y los (as) jefes (as) de centros de acopio, brindarán a los comités la información pública necesaria para llevar a cabo sus actividades, así como asesoría, capacitación y orientación sobre los mecanismos para presentar quejas y denuncias.